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Contáctenos

Contactos de emergencia

Emergencias: 911
Servicio de Emergencia Médica de la Ciudad de Buenos Aires: 107

Emergencias de vida o muerte de un ciudadano estadounidense: +(54-11) 5777-4354

 

Tenga presente que la línea de emergencia de ACS es para uso exclusivo de ciudadanos estadounidenses quienes atraviesan una situación de emergencia de vida o muerte. En caso de requirir un pasaporte de emergencia, haga clic aquí. La Embajada no brinda asistencia a ciudadanos que no sean estadounidenses.

 

Instrucciones para llamar por teléfono

Para llamar por teléfono a Buenos Aires desde otro país, deberá ingresar el código del país (54) seguido del código de la ciudad (11) más los ocho dígitos del número telefónico. Si llama a Buenos Aires desde un lugar en la Argentina, deberá ingresar solamente (011) y los ocho dígitos del número telefónico.

Residente Legal Permanente (LPR)

Todo Residente Legal Permanente (LPR) y todo ciudadano que no sea estadounidense deberán solicitar asistencia al Consulado o Embajada más cercano de su país. Si tiene consultas sobre visas, sírvase visitar la Sección Visas.

Embajada de Estados Unidos en Buenos Aires

La Embajada de los Estados Unidos tiene como misión proteger el interés y la seguridad de los ciudadanos estadounidenses en la Argentina, promover y fortalecer el mutuo entendimiento entre los pueblos de ambos países, e informar sobre los objetivos de la política exterior de los Estados Unidos al gobierno y el pueblo de la Argentina.

La cooperación bilateral entre los Estados Unidos y la Argentina incluye intercambios en ciencia y tecnología, medioambiente, política, economía, comercio, agricultura, educación y cultura.

Ley de Privacidad

La Ley de Privacidad de 1974 tiene como objeto prohibir a una oficina consular la divulgación de información sobre un ciudadano estadounidense sin el consentimiento expreso por escrito, tal como se detalla en la Ley. Si un ciudadano estadounidense desea que un funcionario consular se comunique con otro individuo en su nombre y divulge información con respecto a su persona, entonces deberá firmar el formulario DS-5505 para eximirlo de la ley de privacidad – Privacy Act Written Statement (Form DS-5505) (PDF 31 KB).

Tenga en cuenta que la Embajada entregará el formulario de excención de la ley de privacidad a todo ciudadano que solicite asistencia consular, pero no podrá bajo ninguna circunstancia obligar a un ciudadano a completar y presentar el formulario. Se sugiere que la elección de aquella persona que incluirá en el formulario sea realizada a conciencia. Cabe destacar que, sin formulario de excención de ley de privacidad, puede resultar dificultoso e incluso imposible que el Departamento de Estado brinde asistencia.

¿Visas? Contáctenos

Para obtener ayuda por problemas en su cuenta y la página de programación de citas escriba a: asa_contactus+ar+info+es@visaops.net

Por problemas con la entrega de documentos escriba a: asa_contactus+ar+courier+es@visaops.net

Por problemas con el pago del arancel de solicitud de visa escriba a: asa_contactus+ar+mrv+es@visaops.net

Para obtener información adicional y asistencia en el proceso de registro, programación de citas y servicios de mensajería, puede contactar telefónicamente al servicio al cliente del Servicio de Citas e Información de visas.