Las visas de tránsito (C) pueden ser otorgadas a personas que viajan en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos en ruta hacia otro país, con pocas excepciones. Encuentre la información completa sobre visas de tránsito en https://ais.usvisa-info.com/es-ar/niv/information/visa_categories y en idioma inglés en https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/other-visa-categories/transit.html
Las visas de tripulante (D) pueden ser otorgadas a personas que trabajan a bordo de embarcaciones comerciales o aerolíneas internacionales en los Estados Unidos, brindando los servicios necesarios para las operaciones de rutina y con la intención de partir desde los Estados Unidos en la misma embarcación o en cualquier otra embarcación dentro de los 29 días. Si viaja a los Estados Unidos para incorporarse a la embarcación en la que trabajará, además de una visa de tripulante (D), también necesitará una visa de tránsito (C-1) o una combinación de visa C1/D
Información disponible en https://ais.usvisa-info.com/es-ar/niv/information/visa_categories y también en idioma inglés en https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/other-visa-categories/crewmember-visa.html