Todo aquel inmigrante que planea solicitar la visa de inmigrante en base a un empleo en los Estados Unidos, debe obtener una petición, aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidas (USCIS), presentada por su potencial empleador.
Si se requiere una certificación laboral, el empleador deberá obtenerla primero y luego presentar el formulario I-140, petición para un potencial empleado inmigrante, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
Una vez que USCIS aprueba la petición, le enviará al peticionario la notificación de la aprobación- formulario I-797 (Notice of approval – formulario I-797). USCIS también enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (National Visa Center). Para obtener mayor información sobre el procesamiento en el NVC, por favor presione aquí. (PDF 213 KB)
Notificación importante: las leyes de los Estados Unidos limitan el número de visas disponibles cada año. Esto significa que aunque su solicitud haya sido aprobada por USCIS, puede no obtener su visa de manera inmediata. En algunos casos, varios años pueden pasar entre la fecha de aprobación de su petición para la visa de inmigrante y la fecha en que su visa es aprobada y emitida. Las visas de inmigrante son aprobadas por el orden cronológico en que la petición fue presentada, y la fecha de presentación de la petición se convierte en la fecha de prioridad del solicitante.
Las visas de inmigrante no pueden ser aprobadas hasta que se alcance la fecha de prioridad del solicitante. USCIS enviará la petición de visa de inmigrante aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) donde permanecerá hasta que se alcance su fecha de prioridad. Usted NO necesita contactar al Centro Nacional de Visas. Ellos lo/ la contactarán con el paquete de instrucciones para los solicitantes de visa de inmigrante.
Petition
Todo aquel inmigrante que planea solicitar la visa de inmigrante en base a un empleo en los Estados Unidos, debe obtener una petición, aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidas (USCIS), presentada por su potencial empleador.
Si se requiere una certificación laboral, el empleador deberá obtenerla primero y luego presentar el formulario I-140, petición para un potencial empleado inmigrante, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
Una vez que USCIS aprueba la petición, le enviará al peticionario la notificación de la aprobación- formulario I-797 (Notice of approval – formulario I-797). USCIS también enviará la petición aprobada al Centro Nacional de Visas (National Visa Center). Para obtener mayor información sobre el procesamiento en el NVC, por favor presione aquí. (PDF 213 KB)
Notificación importante: las leyes de los Estados Unidos limitan el número de visas disponibles cada año. Esto significa que aunque su solicitud haya sido aprobada por USCIS, puede no obtener su visa de manera inmediata. En algunos casos, varios años pueden pasar entre la fecha de aprobación de su petición para la visa de inmigrante y la fecha en que su visa es aprobada y emitida. Las visas de inmigrante son aprobadas por el orden cronológico en que la petición fue presentada hasta que se alcanza el límite numérico de la categoría. La fecha de presentación de la petición se convierte en la fecha de prioridad del solicitante.
Las visas de inmigrante no pueden ser aprobadas hasta que se alcance la fecha de prioridad del solicitante. Verifique las fechas de prioridad en el Boletín Informativo de Visas. USCIS enviará la petición de visa de inmigrante aprobada al Centro Nacional de Visas (NVC) donde permanecerá hasta que se alcance su fecha de prioridad. Usted NO necesita contactar al Centro Nacional de Visas. Ellos lo/ la contactarán con el paquete de instrucciones para los solicitantes de visa de inmigrante.
Reúna los documentos
Una vez que haya recibido notification que la petición fue aprobada, el solicitante de la visa debe seguir las instrucciones referidas a los aranceles de la visa y la documentación necesaria para la solicitud de visa.
Si usted ha presentado una solicitud de visa de inmigrante con USCIS y su caso fue enviado al Centro Nacional de Visas (NVC):
Por favor presione aquí para obtener instrucciones especificas. (PDF 213 KB)
Programe la entrevista de visa
Las entrevistas para solicitar la visa de inmigrante son con cita. Todo aquel que solicite una visa de inmigrante o una visa K debe hacerlo en persona: el solicitante principal y familiares incluidos en el caso o derivados. Los peticionarios no están obligados a presentarse en la entrevista de la visa; de todas maneras, son bienvenidos si lo desean.
Las entrevistas de visas se realizan los días lunes y jueves por la mañana, con la excepción de los feriados americanos y argentinos. Intentamos procesar las solicitudes lo mas pronto y eficientemente posible, pero por favor, planee una espera de aproximadamente 2-3 hs. Tenga en cuenta también que su caso puede demorarse mas si la documentación no está completa. Por favor, no compre su ticket de vuelo ni haga planes de viaje a los Estados Unidos sin la confirmación de que su visa ha sido aprobada.
Si usted no puede asistir a su entrevista, por favor, contáctenos enviando un correo electrónico a Buenosaires-IV@state.gov. La reprogramación de la cita puede provocar una demora en el procesamiento de su caso. Trate de re-programar su cita solo si es estrictamente necesario.
El Examen Medico
La ley de Inmigración y nacionalidad (INA) requiere que todos los solicitantes de visas de inmigrante y algunos solicitantes de visa de no inmigrante (incluyendo solicitantes de visa de novio K), sin importar la edad, se realicen un examen médico antes de recibir la visa. El examen médico tiene validez de 6 meses, a menos que exista una condición médica especial en cuyo caso se limitará la validez. Por favor presione AQUÍ (PDF 1,6MB) para obtener información detallada.
No podemos aceptar resultados de exámenes médicos de otras fuentes.
El arancel para el examen médico, que es abonado en pesos, es adicional a los aranceles que se abonan directamente al gobierno de los Estados Unidos.
La entrevista de la solicitud de visa y la decision
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Por favor no arribe más de quince minutos antes del horario de su entrevista de visa.
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Sólo se les permitirá el ingreso a la Embajada a los solicitantes de visa, los padres del menor que está solicitando la visa, y aquellas personas que asistan a una persona mayor o con alguna discapacidad.
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Para ingresar a la Embajada, todas las personas deben pasar por el chequeo de seguridad. Por favor tenga en cuenta que hay ciertos objetos cuyo ingreso a la Embajada está prohibido. Preséntese con lo mínimo e indispensable que sea útil para su entrevista. Para evitar largas demoras por la inspección obligatoria en Seguridad, evite traer aparatos electrónicos (teléfonos celulares, calculadores, baterías, pen drives, cargadores, palms), líquidos (desodorantes, perfumes, encendedores) ya que no podrá ingresar con ellos, debiendo dejarlos en el sector de ingreso. La Embajada no se responsabiliza en caso de que algo sucediese con los mismos. Cualquier elemento metálico (monedas sueltas o en los bolsillos, clips, hebillas de cinturones, llaves, etc.) hará sonar el detector de metales. Evítelos o téngalos a la mano para entregárselos al guardia durante la inspección. No se le permitirá el ingreso a la Embajada a cualquier persona que se niegue a cumplir con el proceso de chequeo de Seguridad.
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Una vez que haya ingresado a la Embajada, le será entregado un ticket con un número. Por favor, espere hasta que lo llamen por su número de ticket y siga las instrucciones.
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Luego de haber entregado los documentos, será entrevistado por un funcionario consular.
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Si todos los documentos requeridos se encuentran en orden, y el funcionario que lo entrevista está conforme y considera que el beneficiario reúne los requisitos para la visa de inmigrante, la misma será aprobada y usted la recibirá dentro de una semana. Si no, se le indicará cómo proseguir con su caso.
Por favor, tenga en cuenta que si su visa es aprobada, se le pedirá que se registre para poder recibir su pasaporte y paquete de visa de inmigrante aqui. Por favor imprima una copia de la registracion y preséntela el dia de la entrevista de la solicitud de la visa.
Si el funcionario consular determina que es inelegible para la visa, se le entregará una carta de rechazo de visa que explicará la razón específica por la cual fue encontrado inelegible para la misma. Si existe un “perdón” (waiver) disponible para su inelegibilidad, se le darán las instrucciones específicas para solicitarlo. No todas las inelegibilidades tienen la opción de solicitar un “perdón” (waiver).
En algunas circunstancias, las personas que han sido encontradas inelegibles para una visa de inmigrante bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) podrían calificar para solicitar un “waiver” (perdón/ exención) por la inelegibilidad. Si el Oficial Consular determina que un solicitante es inelegible para una visa, el solicitante puede solicitar un “waiver” por la inelegibilidad al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) que tiene jurisdicción para la adjudicación de todas las solicitudes de “waiver”.
Para mayor información, por favor visite la página web de USCIS con información sobre el formulario I-212 y el formulario I-601 para solicitar el “waiver”.
Si se requiere un procesamiento administrativo adicional para su trámite de visa, dicho procesamiento puede retrasar la decisión final de su caso. Por lo tanto, el funcionario consular le proporcionará una carta con las instrucciones sobre como continuar.